Estainterpretación es conforme con la doctrina de este Centro Directivo manifestada en las consultas vinculantes con números de referencia: V2034-16, de 11 de Mayo y V5001-16 de 17 de noviembre. Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artÃculo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre,LaDirección General de Tributos modificó su criterio recogido en la resolución a la consulta vinculante V2921-21, de 19 de noviembre de 2021, en aplicación de la doctrina establecida por el Tribunal Supremo en su sentencia 295/2021, de 3 de marzo de 2021, de la que reproduce los aspectos más destacados.
Sinembargo, la Dirección General de Tributos ha establecido, tras consulta vinculante, que si, con el paso del tiempo, se incumplen los requisitos que daban lugar a la exención, se pierden
Objeto Este Servicio de consulta en-lÃnea le permite conocer la situación en la que se encuentra la tramitación de un pago, introduciendo los datos necesarios para su identificación. Además es posible consultar la situación de cada uno de los pagos a un contribuyente pudiéndose realizar una selección por ciertos parámetros.